Durante el interrogatorio, Lucía preguntó por otras ubicaciones posibles para el proyecto.
—La normativa urbana indica que el valor comunitario debe evaluarse antes de aprobar una demolición —dijo Lucía, revisando sus papeles.
Se quedó en silencio un segundo.
Había una pregunta técnica sobre una clasificación del suelo y no encontraba la línea exacta.
Alejandro sonrió.
—Quizá la parte demandante necesita un repaso de normativa básica.
Doña Carmen tomó una hoja, escribió una frase y la deslizó hacia Lucía.
Lucía la leyó.
Sus hombros se enderezaron.
—Señor Valdés, ¿es cierto que su empresa presentó la solicitud bajo el apartado 47-B para evitar la revisión completa de valor histórico y comunitario?
El testigo parpadeó.
—Tendría que consultar con el equipo legal.
La sonrisa de Alejandro se apagó un instante.
Miró a doña Carmen por primera vez con algo parecido a sospecha.
Cuando terminó aquella parte, doña Carmen levantó la mano.
—Señoría, solicito ser reconocida formalmente como coabogada en este procedimiento.
Alejandro se puso de pie de inmediato.
—Objeción. La señora no figura como abogada principal en la documentación inicial.
Doña Carmen entregó sus credenciales.
La jueza Marín las revisó.
Sus cejas se alzaron apenas.
—Solicitud aceptada, licenciada Salvatierra.
Alejandro miró su reloj.
—Hora de aficionados —murmuró.
Doña Carmen se levantó despacio.
Su bastón tocó el suelo con un sonido suave.
Se acercó al estrado de testigos con la calma de alguien que no necesitaba demostrar nada.
—Señor Valdés —dijo—, ¿podría explicar qué evaluación de impacto comunitario realizó su empresa antes de iniciar este proyecto?
—Objeción —dijo Alejandro—. Irrelevante.
—Estoy determinando si se siguió el procedimiento correcto —respondió ella.
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